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La cobertura de Remoción de Restos

Sergio Ponce Normativas
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Esta es una de las garantías que no debería faltar dentro del seguro de nuestro barco; no solo porque actualmente la mayoría de los puertos deportivos lo exigen a sus usuarios sino porque si perdiésemos nuestra embarcación como consecuencia de un naufragio y éste se produjera en una zona cercana a la costa, o dentro de un  puerto o de un canal de entrada a un puerto, las autoridades marítimas  nos obligarían a que retirásemos los restos de la misma, debido a que  estos podrían entorpecer la navegación de otras embarcaciones o bien producir una contaminación del medio marino.


El reflotamiento y/o retirada de los restos puede suponer un coste muy elevado para el armador, en tanto que incluir esta garantía en la póliza de nuestro barco es muy asequible. Cabe aclarar que dentro de la cobertura Responsabilidad Civil Obligatoria se cubre la Responsabilidad civil de contaminación, pero en ningún caso incluye la garantía de remoción de restos, que es  una garantía opcional. Para contratar esta garantía en nuestra póliza de embarcación, no es necesario incluir previamente la cobertura de daños,  solo es necesario haber contratado previamente el seguro de  Responsabilidad Civil Obligatorio.

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