Siniestro Náutico

¿Cómo actuar en caso de siniestro de la embarcación?

En caso de sufrir un siniestro, lo primero que hay que hacer, es intentar aminorar las consecuencias del mismo empleando todos los medios disponibles en ese momento.

Por ejemplo, si la embarcación se quedase sin gobierno o a la deriva, será necesario solicitar la asistencia del servicio de SALVAMENTO MARÍTIMO ya sea por teléfono al número 900 202 202 o por radio al canal 16 VHF.

Es necesario comunicar al asegurador a través del formulario de declaración de siniestro que Segurosparabarcos.com facilitará a través de esta web o por correo electrónico, el acaecimiento del siniestro dentro del plazo máximo de siete días de haberlo conocido, facilitándole toda clase de informaciones sobre las circunstancias y consecuencias del mismo.

En caso de un siniestro de robo total o parcial de la embarcación, el asegurado deberá prestar declaración, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su ocurrencia, ante la autoridad local de policía.

Es obligación del asegurado conservar los restos y vestigios del siniestro hasta que termine la liquidación de los daños, salvo imposibilidad material justificada.

Habitualmente, la compañía, de acuerdo al tipo de siniestro designará un perito, quien se encargará de visitar la embarcación siniestrada con el objeto de verificar o comprobar las causas del siniestro, como así también las circunstancias en que se produjo el mismo. Posteriormente, el profesional designado procederá a elaborar un informe pericial sobre el que se basará la compañía para resolver el siniestro.

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